Morelia, Michoacán, a 5 de julio de 2025. – El diputado Vicente Gómez Núñez (PT) presentó ante el Congreso de Michoacán una iniciativa para reformar el Código Penal y la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con el fin de tipificar como delito los llamados “esfuerzos para corregir la orientación sexual e identidad de género”, conocidos comúnmente como terapias de conversión.
¿Qué propone la iniciativa?
El proyecto plantea crear un nuevo capítulo en el Código Penal de Michoacán, denominado Delitos contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas, y agregar el artículo 163 quinquies, el cual impondría penas de dos a seis años de prisión y multas de hasta 2 mil UMAs a quien imparta, financie u obligue a estas prácticas.
Sanciones más severas para casos agravantes
La propuesta contempla sanciones más altas cuando las víctimas sean menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad, así como cuando exista una relación de poder o subordinación, como en el ámbito laboral, médico o educativo. En estos casos, se duplicaría la pena y se contemplaría también la destitución del cargo o la inhabilitación para ejercerlo.
Modificaciones a la ley de derechos de la niñez
Además del Código Penal, la iniciativa modifica el artículo 32 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, para obligar a las autoridades a implementar campañas, políticas públicas y mecanismos de denuncia contra estas prácticas. Se aclara que el consentimiento de padres o tutores no será válido si se fuerza a un menor a estas terapias.
Prácticas discriminatorias y efectos nocivos
La exposición de motivos destaca que los ECOSIG (Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género) se basan en la falsa premisa de que existe una orientación sexual “correcta”. Estas prácticas pueden provocar ansiedad, depresión, autolesiones e incluso suicidio, señala el legislador.
Respaldos legales e internacionales
La iniciativa se apoya en los artículos 1° y 4° de la Constitución Mexicana, que garantizan el derecho al libre desarrollo de la personalidad y la prohibición de toda forma de discriminación. También cita tratados internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño.
Datos preocupantes de la ENDISEG
Con base en la Encuesta Nacional sobre Diversidad Sexual y de Género (ENDISEG 2021), se expone que 5.1% de la población mexicana de 15 años y más se identifica como LGBTI+. Entre esta población, 27% reportó haber sido discriminada en su infancia o adolescencia por su expresión de género.
Una deuda pendiente
El legislador del Partido del Trabajo argumentó que es necesario visibilizar y sancionar legalmente las terapias de conversión, como una medida urgente para erradicar la violencia institucional y familiar que afecta a las personas LGBTIQ+, y como una deuda histórica en la construcción de una sociedad más justa e incluyente.
De ser aprobada por el Congreso del Estado, la reforma entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno de Michoacán.