Morelia, Michoacán, a 7 de junio de 2025. La diputada Olga Juliana Elizondo Guerra, del Partido del Trabajo, presentó una iniciativa para reformar la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, con el objetivo de prohibir que partidos políticos y candidatos utilicen a menores de edad en actos de campaña o propaganda sin consentimiento.
Reforma busca proteger derechos de niñas, niños y adolescentes
La propuesta legislativa contempla modificar los artículos 242 y 247 de la ley electoral vigente. Según explicó Elizondo Guerra, se trata de evitar que niñas, niños o adolescentes aparezcan en actos proselitistas sin el consentimiento expreso o tácito de quienes ejerzan la patria potestad o tutela legal.
Además, se establece que la imagen de los menores de edad deberá ser difuminada si su aparición fue circunstancial y no se cuenta con dicha autorización.
Se regulará también el uso de menores en medios y redes sociales
La iniciativa señala que los partidos y candidatos deberán abstenerse de utilizar imágenes o voces de menores de edad en cualquier medio de difusión: televisión, radio, prensa, redes sociales o plataformas digitales, a menos que exista el consentimiento legal requerido.
En caso contrario, se exigirá que la imagen del menor no sea identificable.
El INE emitirá lineamientos para garantizar la protección infantil
El Instituto Nacional Electoral (INE) será responsable de emitir normas que protejan el derecho a la intimidad, la libre expresión y la participación de la niñez en los procesos electorales, siempre respetando el principio del interés superior del menor.
Propaganda con menores deberá evitar contenidos perjudiciales
La iniciativa advierte que los mensajes donde aparezcan menores de edad no deben contener elementos que fomenten la violencia, el odio, la discriminación, las adicciones, el acoso escolar, ni ninguna conducta que afecte la dignidad, honra o integridad física o emocional de los menores de edad.
Antecedente: sanción del TEPJF en 2024 por uso indebido de imágenes
La propuesta también se respalda en un precedente legal: en las elecciones de 2024, la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral sancionó a un actor político por vulnerar el interés superior del menor, al exhibir imágenes de niños sin autorización durante una campaña.
En dicho expediente (SRE-PSC-166/2024), se reconoció que la participación de menores en propaganda puede ser directa (cuando su inclusión es intencional) o incidental (cuando aparecen sin que haya sido planeado).
Urge marco normativo claro para proteger a menores en campañas
Elizondo Guerra subrayó la importancia de regular la participación de menores en eventos de carácter político, pues aunque se busca promover su derecho a participar en la vida democrática, esto no puede hacerse a costa de su integridad o privacidad.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Reforma Política-Electoral, donde se espera su discusión en las próximas semanas.