Morelia, Michoacán, a 17 de junio de 2025.- La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) expresó su preocupación ante una reciente reforma al Código Penal del estado de Puebla, la cual tipifica el “ciberasedio” como delito. Aunque la medida busca proteger la integridad emocional de los ciudadanos, la organización advierte que su redacción ambigua puede derivar en un instrumento de censura encubierta.
La nueva legislación permitiría que cualquier persona solicite la eliminación de contenidos digitales sin necesidad de orden judicial ni revisión por parte de una entidad independiente, lo que representa un grave retroceso en materia de libertad de expresión, de acuerdo con observadores y medios especializados.
¿Qué establece la ley del “ciberasedio”?
Según el medio Aristegui Noticias, el delito de ciberasedio se aplicará a quienes utilicen redes sociales, correos electrónicos u otros medios digitales para insultar, ofender, agraviar o vejar a una persona con tal insistencia que le provoque daño físico o emocional. Las penas van de 11 meses a 3 años de prisión.
La ley autoriza a empresas y plataformas digitales a suprimir contenido tras una simple solicitud ciudadana, lo que preocupa a periodistas, activistas y defensores de derechos humanos que consideran que se facilitaría la eliminación de críticas legítimas o investigaciones periodísticas incómodas.
Vaguedad legal e incentivos al silenciamiento
La redacción de la ley incluye términos amplios y subjetivos que, según los críticos, podrían ser utilizados para atacar la libertad editorial. Opiniones críticas, denuncias o incluso testimonios podrían ser eliminados no por su falsedad, sino por presión de actores con poder político o económico.
Esta incertidumbre legal incentivaría la autocensura entre comunicadores y medios, quienes podrían restringir su cobertura para evitar represalias legales o la eliminación de su trabajo.
Respuesta oficial: foros, pero sin reversa
Tras las críticas recibidas por diversos sectores, el gobernador de Puebla, Alejandro Armenta, convocó a foros de análisis sobre la reforma. No obstante, la presidenta del Congreso local afirmó que la legislación permanecerá firme, pese a las preocupaciones sobre sus posibles efectos represivos.
SIP: la libertad de expresión no debe ceder en lo digital
La SIP recordó que la Declaración de Salta II, adoptada en octubre de 2024, establece que los derechos a la libertad de expresión y de prensa deben estar garantizados tanto en espacios físicos como digitales. Su Principio 4 exige que toda restricción al derecho a informar sea legal, revisada judicialmente e inspirada en estándares internacionales.
Además, el Principio 10 de la misma declaración señala que eliminar o desindexar información de interés público atenta contra el derecho a saber y a preservar la memoria colectiva. La ley poblana, en ese sentido, socavaría estos principios esenciales.
Voces de alerta desde la SIP
El presidente de la SIP, José Roberto Dutriz, quien dirige La Prensa Gráfica en El Salvador, subrayó que “lo que está en juego es el derecho de toda la sociedad a informarse y debatir”. Según su visión, esta iniciativa “puede borrar del espacio público información incómoda, dañando la memoria colectiva y la rendición de cuentas”.
La SIP y su compromiso con la libertad de prensa
La Sociedad Interamericana de Prensa es una organización sin fines de lucro que agrupa a más de 1,300 medios de comunicación en el continente americano. Su misión es defender la libertad de prensa y de expresión como pilares esenciales de la democracia, desde su sede en Miami, Florida.