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Acusan simulación en reforma contra el nepotismo de Claudia Sheinbaum

La organización Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) señaló de simulación en la reforma constitucional de Claudia Sheinbaum contra el nepotismo

Julio Ramírez Por Julio Ramírez
febrero 24, 2025
en Política
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Acusan simulación en reforma contra el nepotismo de Claudia Sheinbaum

La organización MCCI cuestiona la reforma contra el nepotismo de Claudia Sheinbaum.

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Morelia, Michoacán, a 24 de febrero de 2025.- La organización Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) señaló de simulación en la reforma constitucional contra el nepotismo

“La reforma de Claudia Sheinbaum contra el nepotismo electoral limita la sucesión directa, pero deja intactas las redes familiares en el poder. Más que una solución real, parece una medida discursiva sin impacto en la corrupción”, explica la ONG.

El pasado 5 de febrero, durante la conmemoración del 108 aniversario de la Constitución en Querétaro, la presidenta Claudia Sheinbaum anunció el envío al Congreso de una propuesta de reforma constitucional que, asegura, eliminará el nepotismo electoral. El texto de la iniciativa, dice la organización MCCI, ignora por completo el problema del nepotismo en la administración pública y se acota a los puestos de elección popular. Sus efectos serán todavía más limitados porque aplicarían únicamente al mismo puesto, dejando de lado las dinámicas del nepotismo con otros cargos.

“La iniciativa establece la prohibición de que un familiar suceda a otro hasta pasados tres años de que ocupó la titularidad del cargo de elección popular. El problema principal del nepotismo, sin embargo, no está en heredar el mismo cargo, sino en quien usa su poder e influencia para colocar a amigos y familiares en otro puesto —popular o de servicio público— sin tener mérito alguno para ello. Las redes de nepotismo se encuentran por igual dentro del Poder Judicial, el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo”, expone la organización.

Claudia Sheinbaum, presidenta de México.

‘Problemas de interpretación’

Más allá de que el foco de atención de la iniciativa no está donde debería, esta propuesta tampoco lograría resolver el fenómeno del nepotismo en los cargos de elección popular.

“Como mostramos más adelante, en una revisión de todos los 193 gobernadores que ha habido en México desde el año 2000 a la fecha, identificamos que si la reforma hubiera existido y aplicado en los términos que se establece, únicamente tres gobernadores de todos los que han tenido relaciones familiares con otros no habrían llegado al cargo, dejando al resto intocados. Y aún en esos tres casos, es posible ponerlos en duda dado que la reforma tiene serios problemas de interpretación e implementación que podrían crear una puerta de salida para darle la vuelta a la ley”, expone.

Mexicanos Contra la Corrupción y la Impudad expone que más que una solución de fondo, esta reforma se plantea como una propuesta muy efectiva en lo discursivo, pero que hará muy poco en la realidad para detener el verdadero problema del nepotismo.

¿Qué es el nepotismo?

El nepotismo representa una de las manifestaciones más claras de corrupción: consiste en utilizar un cargo público para colocar a personas cercanas, familiares o amigos, en puestos de poder, aunque no tengan la preparación adecuada.

De acuerdo con Julio Ríos-Figueroa, el nepotismo es «el trato preferencial basado en lazos familiares y no en el mérito para la concesión de empleos, contratos o cargos públicos o privados». Por su parte, Transparencia Internacional lo define como «una forma de favoritismo basada en conocidos y relaciones familiares en la que alguien en un puesto oficial explota su poder y autoridad para proporcionar un trabajo o un favor a un familiar o amigo, aunque no esté cualificado o no lo merezca».

Susan Rose-Ackerman señala que el nepotismo disminuye la eficiencia de las instituciones, al colocar personas incapaces en puestos de decisión, y reduce la confianza de la ciudadanía en el gobierno.

En las definiciones mencionadas existen dos elementos relevantes: por un lado, el vínculo familiar y, por el otro, el abuso de poder para colocar a este familiar a pesar de no contar con el mérito o las cualificaciones necesarias para ejercer el cargo. Eso es lo que vulnera la eficiencia en las acciones de gobierno.

Nepotismo también lo ‘prohibió’ AMLO

En México, el nepotismo ya está formalmente prohibido por las leyes. La Ley Federal de Austeridad Republicana, promulgada por Andrés Manuel López Obrador en 2019, prohíbe a las personas funcionarias públicas utilizar sus atribuciones o su influencia para contratar a familiares hasta el cuarto grado de parentesco en el servicio público. La Ley General de Responsabilidades Administrativas también tipifica el nepotismo como una falta administrativa grave.

Ambas leyes, sin embargo, tienen vacíos que les permiten ser esquivadas o simplemente ignoradas, como puede verse en los múltiples casos de nepotismo, influyentismo y conflicto de interés que se han documentado a lo largo de todos los gobiernos anteriores y que no fueron prevenidos ni sancionados.

Relaciones de parentesco para entender la configuración del nepotismo.

La reforma de Claudia Sheinbaum

La iniciativa de reforma aplica para todos los cargos de elección popular: titulares del Poder Ejecutivo federal, estatal y municipal; legisladores federales y locales, así como las autoridades municipales. En la exposición de motivos se define al nepotismo como «una forma de corrupción […] en la que una persona aprovecha su cargo para otorgar empleos o favores a familiares y amigos sin considerar su idoneidad, sino que se limita a una cuestión emocional o una lealtad personal». Hasta aquí, recupera adecuadamente los dos elementos fundamentales del vínculo familiar y el mérito.

De acuerdo con el texto propuesto, no podrá participar en la elección «la persona que tenga o haya tenido en los tres años anteriores al día de la elección un vínculo de matrimonio o concubinato o relación de pareja, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado, con la persona que está ejerciendo la titularidad de ese cargo».

La línea recta se refiere a la ascendencia y descendencia directa, es decir abuelas y abuelos; madres y padres; hijas e hijos, así como nietas y nietos. En este caso, la línea recta no tiene límites de grado, es decir, no importa si es un tatarabuelo o un bisnieto.

Por su parte, la línea colateral involucra al resto de la familia: los hermanos son familiares en segundo grado; los tíos o sobrinos, en tercero. El cuarto grado involucra a los hijos de los sobrinos, sobrinos-nietos, y a las hermanas de las abuelas, las tías abuelas. Finalmente, el parentesco por afinidad involucra a la familia política, es decir, a la familia de la pareja. El segundo grado cubre hasta los abuelos, hermanos y nietos de la pareja de la persona.

Para entender mejor las relaciones familiares que están involucradas en esta propuesta, es útil revisar un mapa de los grados de parentesco: La amplitud de las relaciones consideradas en la reforma es positiva al abarcar un gran abanico de vínculos familiares directos e indirectos de un funcionario, pero al limitarse a candidaturas que busquen ocupar el mismo cargo, ignora las dinámicas de las redes de nepotismo que colocan a sus integrantes en diferentes puestos, tanto de elección como en la estructura burocrática.

Además, es necesario poner atención en que el texto de la reforma plantea que la prohibición de un familiar para postularse sólo aplica si tiene un vínculo con «la persona que está ejerciendo la titularidad del cargo para que se postula». Una interpretación literal de esta disposición podría acarrear severos problemas de implementación, pues si el familiar del candidato ya no está ocupando la titularidad del cargo en ese momento, como podría suceder si un interino o suplente ocupa el puesto, la prohibición no aplicaría, sin importar si han pasado tres años o no. La disposición limita la herencia consecutiva del cargo, pero nada hace para considerar el caso de la herencia no consecutiva.

Julio Ramírez

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