Morelia, Michoacán, a 25 de marzo de 2025.- La diputada morenista Giuliana Bugarini propuso en el Congreso local la cancelación de aquellos créditos para vivienda social que sean explotados para su renta en plataformas como AirBNB y otras.
“En los últimos años se ha detectado un fenómeno que pone en riesgo la efectividad de estos programas: el uso de viviendas de interés social para su renta en plataformas digitales de hospedaje temporal, como Airbnb y otras similares. Esta práctica desvirtúa el propósito original de la vivienda social y tiene consecuencias negativas tanto para los beneficiarios potenciales como para la planificación urbana y el mercado inmobiliario en general”, explica la iniciativa.
Reforma a la Ley de Vivienda
Se trata de un proyecto de decreto que reforma la Ley Orgánica del Instituto de Vivienda de Michoacán.
“La vivienda social se concibe como una solución habitacional para quienes carecen de acceso a opciones en el mercado. Cuando estas viviendas se destinan a la renta en plataformas digitales, dejan de cumplir su función social y pasan a ser instrumentos de lucro particular, alejándose de su propósito original”, se explica.
También, de acuerdo con el documento, hay impacto en la cohesión comunitaria, ya que la rotación constante de huéspedes en viviendas originalmente planeadas para la residencia permanente altera la dinámica de las comunidades, afecta la seguridad y modifica la convivencia vecinal.
Asimismo, se reportan efectos sobre la planificación urbana, puesto que “la conversión de viviendas sociales en unidades de hospedaje temporal puede generar problemas en la provisión de servicios públicos y afectar la infraestructura diseñada para estos conjuntos habitacionales, lo que a largo plazo impacta la eficiencia de la planeación urbana”.
‘No al hospedaje temporal en zonas de vivienda social’
La modificación al artículo 9, Fracción III, de la ley de vivienda del estado busca establecer que la vivienda social no podrá ser rentada en plataformas digitales de hospedaje temporal y esto deberá estipularse claramente en los contratos y se establecerán sanciones en caso de incumplimiento.
“Será causa de rescisión del contrato que otorgue un crédito, el hecho de que el acreditado o beneficiario del mismo utilice la vivienda para fines distintos al de habitación, no la utilice personalmente o con su familia, la dé en arrendamiento de cualquier tipo, incluyendo renta temporal a través de plataformas digitales o cualquier otro medio análogo”, se lee en la propuesta de modificación.