“Documentar la violencia política de género es precisamente un hecho periodístico de interés público que, por lo tanto, no debe ser censurado”, argumentó el abogado.
Añadió que una entrevista es una herramienta periodística mediante la cual se registran las declaraciones de un tercero y que, en este caso, fue el diputado quien realizó las afirmaciones relacionadas con la presidenta municipal.
“¿En qué momento una entrevista o una pieza periodística legítimamente documentada como tal se convierte en una campaña de odio? Eso es algo que el Instituto Electoral nunca explicó”, cuestionó Plaza.
La defensa sostiene que Monitor Expresso no presentó los señalamientos como hechos propios ni ocultó la identidad de la fuente, sino que difundió directamente las declaraciones del legislador.
Tribunal exigió una justificación reforzada al IEM
De acuerdo con los representantes del medio, el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán revocó inicialmente las medidas y ordenó al IEM explicar de manera clara y suficiente por qué el trabajo periodístico debía considerarse ilícito, así como la necesidad de retirar la información para proteger a la denunciante.
El abogado Antonio Plaza consideró relevante que el tribunal exigiera una “argumentación reforzada”, pues las medidas cautelares no pueden imponerse automáticamente cuando afectan las libertades de expresión, comunicación e información.
“El Tribunal Electoral lo que le dijo al Instituto Electoral es: ‘No pudiste o no hiciste el trabajo necesario para explicar por qué el trabajo de Monitor Expresso como medio de comunicación, en el legítimo ejercicio del periodismo, se convirtió en un acto ilícito’”, expuso.
Después de esa resolución, el IEM emitió un nuevo acuerdo en el que sostuvo que era urgente retirar la entrevista o censurar algunas de sus partes debido a que la vida de Grecia Quiroz se encontraría en un peligro grave e inminente.
La defensa cuestionó que la autoridad no explicara cuál sería el vínculo directo entre las declaraciones difundidas y un riesgo concreto contra la alcaldesa.
Señalan posible uso de recursos del Ayuntamiento de Uruapan
Otro punto cuestionado por Monitor Expresso es la participación de la Consejería Jurídica del Ayuntamiento de Uruapan en el procedimiento promovido por Grecia Quiroz.
Durante el encuentro con periodistas, Antonio Plaza confirmó que el litigio fue impulsado por medio de la Consejería Jurídica municipal y planteó cuestionamientos sobre la utilización de recursos institucionales para defender un derecho que correspondería personalmente a la denunciante.
“¿Puede un funcionario público, el que sea, utilizar los recursos públicos a su cargo en un litigio personal de derechos?”, planteó el litigante.
El abogado consideró que el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia corresponde, en este caso, a Grecia Quiroz como persona y no al Ayuntamiento de Uruapan. Por ello, estimó necesario revisar si la intervención de servidores públicos, así como los recursos municipales, en el procedimiento resulta jurídicamente válida.
Antonio Plaza agregó que Monitor Expresso está financiando su defensa con recursos propios, lo que, desde su perspectiva, genera una asimetría frente a una funcionaria que dispone del aparato jurídico municipal.
Medio advierte riesgos para la cobertura de las elecciones
Jairo Cerriteño afirmó que las medidas afectan directamente el trabajo de Monitor Expresso porque podrían obligar a los periodistas a evitar entrevistas o declaraciones polémicas durante las campañas electorales.
“Estamos a un paso de entrar a las campañas electorales y es donde se dicen más cosas estos actores políticos, es donde a veces se acusan, hay acusaciones más graves”, señaló el director del medio en la rueda de prensa.
Cerriteño advirtió que, si los órganos electorales comienzan a responsabilizar a los medios por las afirmaciones de sus entrevistados, la cobertura podría quedar condicionada por el temor a recibir amonestaciones, multas u órdenes para eliminar publicaciones.
“Si vamos a entrar en esa dinámica, lo que nos está dejando es dejar de hacer nuestro trabajo, dejar entonces de cuestionar, dejar entonces de presentar pruebas”, aseveró.
Monitor Expresso informó que ya recibió una multa cercana a los 5 mil pesos, aunque posteriormente fue revocada. La defensa explicó que el incumplimiento de las medidas podría generar nuevas sanciones económicas de manera progresiva.

Advierten un efecto inhibidor contra periodistas y medios
Antonio Plaza sostuvo que el caso debe analizarse dentro de un contexto de crecientes restricciones contra los medios de comunicación mediante el uso indebido de mecanismos originalmente creados para proteger a las mujeres frente a la violencia política.
“Sí, esto es una amenaza para cualquier medio de comunicación, es una amenaza para cualquier persona que participe dentro de los procesos electorales y yo creo que es una amenaza para la libertad en general y para la democracia muy en particular”, alertó.
El abogado explicó que este tipo de procedimientos puede provocar un “efecto inhibidor”, consistente en que periodistas y empresas informativas opten por no abordar ciertos asuntos para evitar denuncias, litigios o sanciones.
También recordó que las personas servidoras públicas están sujetas a un mayor grado de crítica y escrutinio, particularmente cuando buscan participar en una elección. Por ello, consideró indispensable diferenciar entre las expresiones basadas en estereotipos de género y los cuestionamientos vinculados con el desempeño de una funcionaria.
Defensa evalúa una nueva apelación
Monitor Expresso espera la notificación formal del Tribunal Electoral para definir la siguiente etapa de su estrategia jurídica.
Antonio Plaza explicó que existen dos posibles rutas: presentar un nuevo recurso de apelación contra las medidas cautelares emitidas por el IEM o promover un procedimiento por incumplimiento de la sentencia anterior, bajo el argumento de que el instituto no atendió adecuadamente lo ordenado por el tribunal.
El representante legal sostuvo que el periodismo cuenta con una presunción de licitud y que una autoridad no puede considerar ilícita la actuación de un medio sin demostrar que existió dolo, negligencia grave o intención deliberada de causar daño.
“Se trata de defender el derecho de consignar, reportar, registrar y publicar lo que una persona de interés público dice en temas de interés público de otra persona que también es de interés público”, concluyó.






