La iniciativa de la coordinadora del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México plantea adicionar disposiciones a la Ley de Derechos, el Bienestar y Protección de los Animales en el Estado de Michoacán de Ocampo. Su alcance incluye alimentación, atención veterinaria, vacunación, esterilización, identificación y adopción responsable.
Se trata de una propuesta legislativa, por lo que las medidas descritas no deben considerarse obligaciones nuevas ya vigentes.
¿Qué perros y gatos serían considerados animales comunitarios?
El proyecto define al animal comunitario como un perro o gato que vive habitualmente en espacios públicos o áreas comunes, carece de una persona propietaria o poseedora identificada y es aceptado, alimentado, supervisado y cuidado por integrantes de una comunidad.
En la exposición de motivos, Arreola Ruiz argumentó que estos animales mantienen vínculos con personas de colonias, mercados, parques, escuelas, hospitales y otros espacios de convivencia, por lo que describirlos únicamente como animales en situación de calle resulta insuficiente.
La legisladora sostuvo que su reconocimiento permitiría establecer mecanismos de protección para una forma de cuidado colectivo que ya existe, además de promover la adopción cuando haya condiciones para brindarles un hogar permanente.
Municipios promoverían vacunación, esterilización y adopción
La reforma propuesta al artículo 12 contempla que los gobiernos municipales promuevan programas de bienestar, protección, atención veterinaria, vacunación, esterilización, identificación y adopción responsable de animales comunitarios.
Estas acciones se desarrollarían dentro de sus competencias y de acuerdo con sus posibilidades presupuestarias. El proyecto permite la coordinación con la Secretaría del Medio Ambiente, los Centros de Atención Animal y asociaciones protectoras legalmente constituidas.
La iniciativa no establece una cantidad específica de recursos para estos programas.
Cuidados compartidos incluirían alimento, higiene e identificación
Mediante un nuevo artículo 27 Bis, la propuesta señala que quienes cuiden individual o colectivamente a un animal comunitario deberán procurar, dentro de sus posibilidades, las siguientes acciones:
- Proporcionar agua y alimento suficientes y adecuados para su especie.
- Protegerlo de condiciones que pongan en riesgo su integridad física.
- Procurar atención veterinaria ante enfermedades o lesiones.
- Promover vacunación, desparasitación y esterilización.
- Mantener la higiene de los espacios donde permanezca y hacerse responsables de sus desechos.
- Procurar un collar, placa, pechera u otro medio de identificación.
- Promover su adopción responsable cuando existan condiciones adecuadas.
El texto precisa que participar en estos cuidados no implicaría, por sí mismo, adquirir la propiedad, posesión o custodia exclusiva del perro o gato.
El caso de Lobita aparece como antecedente de la propuesta
En su exposición de motivos, Sandra Arreola retomó la historia de Lobita, una perrita que, según el documento, vivió durante más de ocho años en el entorno del Hospital Infantil de Morelia y recibió cuidados de personas vinculadas con ese espacio.
La iniciativa refiere que un intento de retirarla derivó en un juicio de amparo y señala que falleció el 26 de septiembre de 2026. La diputada local utilizó el caso para argumentar que la protección de animales con vínculos comunitarios necesita reglas claras y mecanismos preventivos.
El proyecto, fechado el 2 de octubre, propone que las modificaciones entren en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, en caso de ser aprobadas y publicadas.






